1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. CON SANDRA VILLALOBOS CAMUS

Rol

Fecha

30 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración lo dispuesto en el artículo 91 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a que vencido el término probatorio la carga de dictar sentencia radica en el tribunal. Y lo dispuesto, además, en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia interlocutoria de cuatro de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el 1° Juzgado Civil de Puente Alto, en la causa Rol 4998-2013. Acordada con el voto en contra del ministro señor Farías quien estuvo por revocar la sentencia y acoger la incidencia de abandono, atendido que si bien, es obligación del tribunal resolver el incidente conforme al artículo 91 del código citado, cuando éste lo olvida se trasforma en carga para la parte dar curso al procedimiento. Regístrese y devuélvase. N°172-2024-Civil

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó revocando la abogada Francisca Margarita Sagredo Valle. San Miguel, 30 de julio de 2024. San Miguel, treinta de julio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 11: A todo, téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración lo dispuesto en el artículo 91 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a que vencido el término pr

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