LOPEZ IBAÑEZ MARCO ANTONIO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, interpone recurso de amparo en favor de Marco Antonio López Ibañez, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en dictar resolución que rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, tornando, de ese modo, en ilegal su privación de libertad. Funda el recurso exponiendo antecedentes relativos a la condena que cumple el amparado, quien, por cumplir los requisitos de conducta y tiempo mínimo, fue postulado al beneficio de libertad condicional. Luego, transcribe parcialmente el contenido del acto impugnado. Seguidamente, invoca lo previsto en el artículo 21 del texto constitucional, y afirma que la resolución impugnada es ilegal, pues contravendría lo dispuesto en la Constitución y las leyes, y no se habría dado respeto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional ni a la Ley Nro. 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos. Continúa afirmando que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social, lo que funda en el cumplimiento de los requisitos de conducta y tiempo mínimo que condujeron a su postulación. Además, asevera que el informe psicosocial demuestra el interés del amparado en obtener conclusiones técnicas que orienten su proceso de reinserción en el medio libre. Posteriormente, destaca los siguientes elementos del contenido del informe de postulación: - De acuerdo con la Ficha Única de Condenado –emitida por parte de Gendarmería de Chile – el aparado registra “Mediano Compromiso Delictual”, 6 bimestres de conducta “Muy Buena” y, ninguna sanción por falta disciplinaria durante todo su período de reclusión, demostrando adherencia y compromiso con el régimen disciplinario. - En el ámbito educacional “se encuentra regularizando su educación básica a través de la modalida
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, su nivel medio de riesgo de reincidencia, conciencia de delito y daño, los cuales han sido explicitados en el Informe Psicosocial y reseñados en el motivo tercero, desaconsejan concederle el beneficio. SÉPTIMO: Que del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el amparo deducido en favor de Marco Antonio López Ibáñez, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2107-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 6: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, interpone recurso de amparo en favor de Marco Antonio López Ibañez, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur,
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