MINISTERIO PUBLICO C/ JAIMIR USUGA ROJAS
Rol
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en audiencia celebrada con fecha 17 de julio de 2024 en causa RIT 1200-2023, RUC 23101049250-5, seguida ante el Juzgado de Garantía de Los Vilos, la Fiscalía Local de Los Vilos procedió a formalizar en ausencia a Larry Amaury Álvarez Núñez, cédula nacional de identidad N°27.032.844-K, imputándole la comisión de los delitos de asociación ilícita y dos secuestros de los artículos 293 y 141 inciso tercero del Código Penal respectivamente, en grado de consumados. La referida formalización fue del siguiente tenor: “Que, el 25 de septiembre del año 2023 en horas de la tarde, Pablo José LEÓN FLORES, Ender Rojas MONTANA, José Rafael RUÍZ LIAS y Donovan TILLERIA TORRES, utilizando el vehículo marca Jeep, modelo Compass, color gris, que mantenía adosadas las Placa Patente Única KHTT-69, que fueron robadas el 02.09.2023 en la comuna de Providencia, llegaron hasta el sitio de ubicado en la intersección de calle Sir Francis Drake con Calle Central, localidad de Pichidangui, comuna de Los Vilos, (coordenadas -32.1435753,-71.5217143), propiedad de la víctima Johann Rafael SÁNCHEZ GÓMEZ, oportunidad donde los imputados premunidos de armas de fuego, amenazaron e intimidaron a la víctima, su pareja y sus amigos que se encontraban en el lugar, las víctimas Rafael del Carmen CORREA CORREA y David Mauricio MENDEZ BRAVO, en condiciones que a todos ellos les robaron sus dispositivos celulares. Consecutivamente, en contra de su voluntad obligaron a la víctima SÁNCHEZ GÓMEZ, abordar el vehículo antes mencionado para sacarlo de ese lugar y trasladarlo hasta el ingreso norte de Pichidangui, donde es cambiado a otro vehículo, en el que junto a los imputados mencionados anteriormente es trasladado hasta el primer lugar de cautiverio, el que está ubicado en la localidad de Punitaqui, comuna de Ovalle, región de Coquimbo, coordenadas -30.762970, -71.256405, lugar que corresponde al centro recreacional “Paraíso del Hinojo”, lugar donde se logró establecer a otros dos de los sujetos que participaron en el secuestro de SÁNCHEZ GÓMEZ, que corresponde a los imputados Jaimir USUGA ROJAS y Luis Enrique RANGEL. Donde el primero de estos, llegó con los imputados y fue quien realizó las coordinaciones para arrendar una cabaña, la que fue destinada como lugar de cautiverio, mientras que el segundo llegó al día siguiente, el 26.SEP.023, acompañado de una cantidad indeterminada de ciudadanos extranjeros y a quien la víctima observó cumplimento labores de custodio, ya que era el encargado de resguardar el acceso a la cabaña donde se encontraba en cautiverio. En este lugar la víctima se mantuvo hasta las 05:00 horas del 27.SEP.023. Posteriormente, la víctima SÁNCHEZ GÓMEZ, es trasladado hasta un segundo lugar de cautiverio, ubicado en calle La Ruda, Casa N° 58, comuna de Valparaíso, región de Valparaíso, domicilio que es habitado por Alex Guillermo SALINAS PALZA, quien facilitó dicho lugar para ser utilizado como cautiverio y es quien abrió el portón de acceso v
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de extradición activa incoada por el Ministerio Público respecto de LARRY AMAURY ALVAREZ NUÑEZ, (de nacionalidad venezolano), quien según información aportada por el Ministerio Público se encuentra en Colombia, recluido en el recinto policial de “Estación Los Mártires”, ubicado en Avenida Carrera N°24, Bogotá, Colombia, debiendo oficiarse al Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin que practique las gestiones diplomáticas que fueren necesarias para obtener la extradición del imputado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 436 del Código Procesal Penal y ordene la detención previa y luego la medida cautelar de prisión preventiva, sin perjuicio de la adopción de otras medidas que resulten necesarias para evitar la fuga de la persona cuya extradición se dispuso. II.- Que, el oficio que se despache al Ministerio de Relaciones Exteriores deberá contener copia autorizada del presente fallo, copia de la formalización de la investigación, copia de los registros de audio, tanto de la audiencia celebrada ante el Juzgado de Garantía de Los Vilos, el 17 de julio de 2024, como de la celebrada con esta fecha ante esta Corte de Apelaciones, y de los artículos del Código Penal copia autorizada por la señora Secretaria de esta Corte de la versión actualizada de los artículos 141 inciso tercero y 293 del Código Penal y de los artículos 93 a 105 del mismo texto legal, y antecedentes del imputado que constaren en la carpeta. Cúmplase de inmedi
Texto Completo (Preview)
Ministerio Público Jaimir Usuga Rojas y otros Extradición activa Rol N°1241-2024 (Rit I-1200-2024 del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos).- La Serena, treinta de julio de dos mil veinticuatro.- Siendo las 10:24 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra señora Gloria Negroni Vera e integrada por el Ministro interino señor Rodrigo Díaz Figueroa y el Ab
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica