Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

RIFFO/AUTOMOTRIZ L&J SPA

Rol

J-243-2022

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, se solicita por parte del ejecutante se tramite incidentalmente el incremento a que se refiere la Ley, toda vez que la demandada no ha cumplido con el pago de las sumas reconocidas en acta de audiencia de conciliación celebrada ante la Inspección del Trabajo. Por lo señalado solicita sea condenado el demandado a un incremento del 150%, o lo que se estime procedente; 2°.- Que, habiéndose conferido traslado, éste no fue evacuado; 3°.- Que, se ha acompañado a los autos acta de comparendo de conciliación celebrada ante la Dirección del Trabajo Centro de Conciliación VIII Región, de fecha 02 de noviembre de 2022, en que habiendo formulado las partes sus declaraciones, no se arriba a avenimiento, no obstante reconocerse por parte del ejecutado las sumas de $157.093 por feriado proporcional y $618.522 por indemnización del aviso previo; 4°.- Que, a objeto de resolver la presente incidencia resulta necesario tener presente que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 169 del Código del Trabajo, las situaciones que habilitan para conceder el incremento a que se refiere son dos, por una parte, cuando invocando como título ejecutivo la carta de despido, el ejecutado no acredita haber pagado las sumas ofertadas por concepto de indemnizaciones dentro del plazo legal (es decir, al momento de extender el finiquito); y, segundo, cuando habiendo acordado las partes el pago fraccionado de las indemnizaciones, el acuerdo ha sido ratificado ante la Inspección del Trabajo; 5°.- Que, planteadas así las cosas, resulta evidente que no nos encontramos en ninguno de los dos casos, por cuanto el título invocado es el acta ante la Inspección del Trabajo, pero de su atenta lectura aparece prístino que las partes no han arribado a acuerdo alguno, frustrándose el posible avenimiento; 6°.- Que, así las cosas, encontrándonos en la situación de reconocimiento de una obligación laboral (de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 464 N° 4), pero no existiendo acuerdo de pago, la inciden

Fallo

se resuelve: Código: KQPCXEEPYRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se rechaza la solicitud de incremento, sin costas, por estimarse que ha existido motivo plausible para litigar.- RIT: J-243-2022 RUC: 22-3-0252245-K Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a diez de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: KQPCXEEPYRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-10T12:35:32-0300

Texto Completo (Preview)

Concepción, diez de marzo de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente la solicitud de incremento: Visto: 1°.- Que, se solicita por parte del ejecutante se tramite incidentalmente el incremento a que se refiere la Ley, toda vez que la demandada no ha cumplido con el pago de las sumas reconocidas en acta de audiencia de conciliación celebrada ante la Inspección del Trabajo. Por lo señalado soli

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