M.P. C/ PETER ALEJANDRO MATURANA RIPTON
Rol
Fecha
29 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que en la causa Rit N° 93-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, por sentencia de 27 de mayo del año en curso, se condenó a Peter Alejandro Maturana Ripton, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de seis unidades tributarias mensuales y accesorias, como autor de dos delitos de hurto, previstos y sancionados en el artículo 432 en relación a los artículos 446 N° 2 y 449 N° 2 del Código Penal, perpetrados los días 11 y 18 de junio de 2021, en el Supermercado Líder y en la tienda La Polar de esa ciudad; no se le concedió ninguna pena sustitutiva. Segundo: Que la defensa del imputado solicita la nulidad del
Fallo
fallo y el pronunciamiento de uno de reemplazo que rebaje las penas a dos de cincuenta y un días de prisión en su grado máximo, reduciendo la multa a dos unidades tributarias mensuales. Se funda en la causal contemplada en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, por infracción al artículo 7 del Código Penal, toda vez que, según su parecer, los delitos tienen el carácter de tentados y no de consumados y, por tanto, debe aplicarse el artículo 52 del código punitivo. Sostiene que las especies sustraídas, en ambos casos, no salieron de la esfera de resguardo de sus dueños, debido a la vigilancia que había de parte de los guardias de esos establecimientos y porque fueron detenidos dentro del espacio del Centro Comercial en el que se ubican las tiendas señaladas. En consecuencia objeta el grado de ejecución de los delitos y las sanciones impuestas al respecto. Tercero: Que para resolver la cuestión sometida a conocimiento de resta Corte debe dejarse constancia que los hechos establecidos por el tribunal oral son: 1°) Que, en horas de la tarde del 11 de junio del año 2021, PETER ALEJANDRO MATURANA RIPTON, ingresó al supermercado Líder, ubicado en avenida León Bustos N° 0280 de Linares y sustrajo y se apropió desde el interior diversos productos del supermercado, avaluados en su conjunto en la suma de $ 284.660, traspasando con ellos las cajas registradoras sin pagar el valor de las mismos, productos que ocultó en un bolso negro con ruedas que portaba. 2°) Que, en horas
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Talca, veintinueve de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que en la causa Rit N° 93-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, por sentencia de 27 de mayo del año en curso, se condenó a Peter Alejandro Maturana Ripton, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de seis unidades tributarias mensuales y accesorias, como autor
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