JUZGADO DE FAMILIA SAN FERNANDO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

29 de julio de 2024

Materia

DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Que si bien el demandante no repuso la resolución en que se le ordenó notificar por receptor particular la demanda de autos, bajo apercibimiento de declarar el abandono de dicha acción, lo cierto es que la Ley N° 19.968 sólo contempla el abandono cuando citadas las partes a alguna de las audiencias fijadas en el proceso, ninguna de ellas compareciere y el demandante no pidiere una nueva citación dentro de quinto día, hipótesis que no se verificó en este caso, y si bien el artículo 27 de la misma ley hace aplicable de forma supletoria las normas del Código de Procedimiento Civil, éste exige para declarar abandonada una acción...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintinueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que si bien el demandante no repuso la resolución en que se le ordenó notificar por receptor particular la demanda de autos, bajo apercibimiento de declarar el abandono de dicha acción, lo cierto es que la Ley N° 19.968 sólo contempla el abandono cuando citadas las partes a alguna de las audiencias fijadas en el proce

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