C/ FRANCOISE PHILIPE TIRADO NUNEZ
Rol
Fecha
27 de julio de 2024
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y OÍDAS LAS INTERVINIENTES: Respecto de esta causa la existencia de la declaración de ilegalidad de detención, evidentemente pareciere ser que influye en la el razonamiento que se tiene, pero lo cierto es que en tanto esa decisión no tenga autoridad de cosa juzgada, y se hayan conocido los recursos que pueden interponerse, la Corte tiene que abstraerse de esa circunstancia y analizar los hechos tal cual han sido presentados por el Ministerio Público y tal cual se los describió el tribunal, en tanto decretó una medida cautelar, tuvo por justificado los hechos que motivaron la formalización y dentro de esos hechos está descrito que el arma tenía el cañón despejado y que se encontraba en buenas condiciones mecánicas y apto para su uso. El nivel de acreditación que se exige en esta etapa, de acuerdo a la ley es la justificación y considera esta Corte que con los antecedentes hechos valer, está justificada la existencia del delito a que se refiere el artículo 13 de la Ley 17.798, por lo tanto, se tiene por justificada y concurrente el supuesto de la letra a) del artículo 140, respecto de la letra b) no hay discusión y respecto de la letra c), atendida la existencia de numerosas condenas y la naturaleza de los delitos, que si bien no son el mismo delito dan cuenta de una persona de carácter violento, por otras condenas con sentencia firme y por lo tanto existe un peligro cierto para la seguridad de la sociedad, de que se repitan estas conductas violentas y que permiten concluir que la medida cautelar resulta proporcionada para los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, es la prisión preventiva Por consiguiente, se revoca la resolución dictada con fecha veintiséis de julio del año en curso, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por la que no se accedió a la solicitud del Ministerio Público y, en su lugar, se decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Francoise Philipe Tirado Núñez. Comuníquese
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, veintisiete de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-4352-2024 Ruc: 2400867695-6 Rit : O-8779-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errázurid, Maritza Elena Villadangos Frankovich, y señora Jenny Book Reyes Relatora: Daniela Villegas Digitadora: Carla Tranchino Representa
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