SIN INFORMACION

CARRERA HUERTA KAROL LESLY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 18 de julio de 2024, comparece doña Yelitza Delgado Corona, abogada, en representación de Karol Lesly Carrera Huerta, peruana, interponiendo un recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente el rechazo de solicitud de visa temporal, disponiendo además el abandono del país y prohibición de ingreso a territorio chileno durante 25 años, siendo ésta resolución una vulneración al derecho a la libertad personal establecido en el artículo 19 N° 7 letra “a” de la Constitución Política de la República, solicitando acoger su acción y ordenar que sea dejada sin efecto Expone que el amparada ingresó a Chile en calidad de turista, comenzando a trabajar, pero en el año 2017 debido a la pareja que mantenía se vio involucrada en problemas de drogas, siendo condenada en fecha 27 de mayo 2019, a la pena 3 años y 1dia de presidio menor en su grado máximo, multa de diez (10) unidades tributarias mensuales, como autora del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas, sustituido el cumplimiento de la sanción privativa de libertad por la de Libertad Vigilada intensiva, pena que dio íntegro cumplimiento el 16 de junio de 2022. Expone que al haber realizado las acciones para actualizar su cédula de identidad chilena, el 20 de septiembre 2023, el Servicio Nacional de Migración a través de Resolución Exenta N°42169 del 7 de septiembre 2023, rechaza la solicitud de permiso de residencia temporal de la amparada, dispone el abandono del país y la prohibición de ingreso por 25 años. Luego de transcribir las disposiciones legales que rigen la materia, ahonda en la poca fundamentación de la resolución dictada, la cual atenta contra el proporcionalidad y razonabilidad, no tomando en cuenta su irreprochable conducta anterior y la inexistencia de antecedentes en su país natal, alegando que no existió un debido proceso y una infracción al principio non bis in ídem. Asevera q

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto o revoque la resolución que decreta el abandono del país. SEGUNDO: Que al evacuar el informe requerido, el Servicio Nacional de Migraciones, solicitó el rechazo del recurso, en todas sus partes, por no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, argumentando que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal que atente contra las garantías constitucionales invocadas. Expone que la amparada ingresó a Chile en 2016, obtuvo residencia temporaria sujeta a contrato de trabajo en los años 2017 al 2020 Informa que el 27 de mayo de 2019, el 13° Juzgado de Garantía de Santiago lo condenó a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de tráfico de drogas. Señala que, el 24 de septiembre de 2021, se inició un procedimiento de renovación de permiso de residencia, notificándole mediante folio N°43342179 el rechazo de la solicitud el 28 de julio de 2023, y otorgándole un plazo de 10 días para realizar descargos, los cuales no fueron presentados. Indica que mediante Resolución Exenta N°42.169, de 7 de septiembre de 2023, se resolvió rechazar la solicitud de residencia temporal, ordenar su abandono del país en 5 días y la prohibición de ingreso al país por 25 años. Indica que con posterioridad, solicitó nuevamente su regularización, pero esta fue denegada por contar con un permiso en trámite. Argumenta que el procedimiento ad

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C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 18 de julio de 2024, comparece doña Yelitza Delgado Corona, abogada, en representación de Karol Lesly Carrera Huerta, peruana, interponiendo un recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente el rechazo d

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