JUZGADO DE LETRAS DE CAUQUENES

HERNÁNDEZ/GONZÁLEZ

Rol

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos fue constituida, obviamente, a favor del demandante quien está solicitando su alzamiento por haberse adjudicados los derechos en los que aquella incide, en un juicio en etapa de ejecución corresponde admitir la petición de alzamiento de tal medida, sin que sea necesario realizar la notificación prevista en el artículo 52 del Código de procedimiento Civil. Y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-257-2019 del Juzgado de Letras de Cauquenes, y, en su lugar, se acoge la solicitud del demandante y

Fallo

por tanto, se alza la medida precautoria de que se trata, sin costas del recurso, debiendo procederse en consecuencia ante el tribunal a quo. Devuélvase. N°Civil-598-2023.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos fue constituida, obviamente, a favor del demandante quien está solicitando su alzamiento por haberse adjudicados los derechos en los que aquella incide, en un juicio en etapa de ejecución corresponde admitir la petici

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