SIN INFORMACION

BRITO/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGUIRDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto del libelo se desprende que el recurrente ha tomado conocimiento del acto que lo motiva a deducir esta acción constitucional el día dos de octubre de dos mil veintitrés. 3°) Que habiendo deducido el presente recurso con fecha dos de julio de dos mil veinticuatro, esto es, transcurrido el plazo previsto para su interposición, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. 4°) Que a mayor abundamiento, con el mérito de la certificación que antecede, los hechos descritos en la presentación de folio 1, fueron puestos en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, de manera que el asunto ya fue sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante el cual se hicieron las alegaciones y peticiones pertinentes, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-16733-2024.(vdcd)

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-16733-2024.(vdcd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago fea Santiago, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. Al folio N°6: por cumplido lo ordenado como trámite previo a resolver la admisibilidad de la acción constitucional promovida. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del d

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