SIN INFORMACION

NÚÑEZ/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INH/INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que en el recurso en análisis no se señalan hechos que justifiquen el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, teniendo presente, además, que la situación que se denuncia excede la naturaleza y objeto de esta acción constitucional y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Al tercer otrosí: Téngase presente al patrocinio. En cuanto al poder, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, debiendo tomar la siguiente ruta: Tribunales del País; Corte de Apelaciones; Corte de Apelaciones de Valparaíso; Guía de Atención de Público durante la Pandemia y atención especial: autorizaciones virtuales de patrocinio y poder. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5263-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Al tercer otrosí: Téngase presente al patrocinio. En cuanto al poder, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, debiendo tomar la siguiente ruta: Tribunales del País; Corte de Apelaciones; Corte de Apelaciones de Valparaíso; Guía de Atención de Público durante la Pandemia y atención especial: autorizaciones virtuales de patrocinio y poder. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5263-2024.

Texto Completo (Preview)

ecv C.A. de Valparaíso Certifico: Que los Ministros Sr. Carrasco, Sr. Droppelmann y Sr. Gómez; y la Abogada Integrante Sra. Fernández declaran que les afecta la causal de recusación contemplada en el artículo 196 N° 5 del Código Orgánico de Tribunales en relación con la Caja de Compensación Los Andes. Sergio Pizarro Aguilera Relator de Cuenta Valparaíso, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro

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