ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de julio de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente en consideración que no se impugnó lo resuelto en torno a la procedencia de la compensación económica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el veinticuatro de julio de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Familia de Pudahuel. Regístrese y devuélvase. N° 2447-2023 Familia
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente en consideración que no se impugnó lo resuelto en torno a la procedencia de la compensación económica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el veinticuatro de julio de dos mil veintitrés, por e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica