LÓPEZ AROS, YANIRA VALEZKA/DIAZ AHUMADA, ZAHAIDA ELISA
Rol
Fecha
25 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece YANIRA VALEZKA LÓPEZ AROS, chilena, emprendedora, soltera, RUN N° 17.144.671-6, domiciliada en Río Camisa N° 35, Villa Aguas Claras, comuna de Salamanca, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo e interpone recurso de protección en contra de doña ZAHADIA ELSA DÍAZ AHUMADA, desconoce ocupación u oficio, RUN N° 10.102.805-4, domiciliada en Pasaje Los Nogales 84, calle Los Naranjos, comuna de Pitrufquén, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en denostarla mediante publicaciones efectuadas en redes sociales, lo que vulnera su derecho a la integridad psíquica, la protección de la vida privada, así como su derecho a la honra y la de su familia. Fundamenta el recurso indicando que actualmente mantiene juicio pendiente con la hija de la recurrente doña Graciela Eugenia Astaburuaga Díaz, por cobro de rentas y restitución consecuencial de inmueble en procedimiento monitorio, ventilado ante el Juzgado de Letras de Illapel, causa RIT C-106-2024, caratulados “ASTABURUAGA/LÓPEZ”, causa en que se le exige el pago de la suma de $2.971.010., y en que ella se opuso esgrimiendo compensación y repudio al enriquecimiento sin causa. Acota que pese a encontrarse el conflicto judicializado y pendiente de resolución, la recurrida y su círculo cercano incluyendo a doña Graciela Astaburuaga Díaz, doña Ivette Loreto Astaburuaga Díaz y don Eugenio Osvaldo Astaburuaga Robles (padre de doña a Graciela e Ivette), han compartido y reaccionado ha publicaciones que la denigran y dañan su imagen. Indica que doña ZAHADIA DÍAZ AHUMADA, ya sea por sí o través de terceras personas ha ido a su lugar de trabajo comentando la existencia del juicio y calificándola de sinvergüenza y aprovechadora, efectuando publicaciones en la red social Facebook, a saber, la del 13 de mayo de 2024, que es del siguiente tenor “Con el permiso de los administradores vengo a dar cuenta del abuso que estamos vivie
Fundamentos
considerando sus antecedentes, nos hace sospechar que podríamos estar queriendo ser estafados, así como su ex socia invirtió en el centro estético Beauty Studio y la acusa por haberse quedado con su inversión y ganancias, dejándole solo deudas. La inconciencia ni consideración[sic] de esta persona por el dueño de la casa Eugenio Astaburuaga (…) que se burla morbosamente del estado crítico de salud que está en silla de rueda por un ACV que sufrió hace más de dos años (…)”. Alega que la recurrido le imputa delitos, que por lo demás no tienen sustento fáctico alguno, para posteriormente mofarse de su estado de salud, como se aprecia a continuación: “Mi hija Graciela le cobraba para pagar gastos y ella decía que no tenía dinero mientras estaba en una clínica del sector oriente de Santiago haciendo cirugías estéticas con altos costos, en sectores VIP de conciertos o adquiriendo artículos electrónicos y otros objetos que hasta triplicaban el valor del arriendo (…)”. Finalmente refiere que la recurrida de forma arbitraria y sin medir consecuencias, la acusa de realizar “lavado de imagen” por su activa y desinteresada participación en la agrupación animalista “Villa Huellitas” de Salamanca, la que preside, llegando a indicar incluso que de haber sacrificado perros y de haber promovido la reproducción de cachorros York Shire para su explotación. Menciona que del solo relato de los hechos se evidencia el grave atentado a sus derechos fundamentales, más aún en una comuna tan pequeña como Salamanca lugar donde la gran mayoría la conoce por sus centros de belleza y estética, así como por mi labor en “Villa Huellitas” y también de su familia, lo que profundiza el daño realizado con la “funa” En cuanto a las garantías constitucionales vulneradas refiere las siguientes: 1.- Artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República: Derecho a la integridad psíquica. Por cuanto atendido los hechos relatados ha visto perturbada su integridad psíquica y siente temor de verse expuesta a nuevas y continuas “funas”. 2.- Artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República: Derecho a la vida privada, honra de la persona y de su familia y datos personales. Refiere que resulta evidente que la publicación efectuada por la recurrida vulnera a mansalva su derecho a la vida privada, su honra familiar y personal y también mis datos personales, teniendo presente que dicha publicación e ha compartido al menos 30 veces, viéndose afectada en forma personal y en su calidad de empresaria. Finaliza solicitando tener por interpuesto recurso de protección en contra de don a ZAHADIA ELSA DÍAZ AHUMADA, ya individualizada, darle tramitación y, en definitiva, acogerlo en todas sus partes, ordenando a la recurrida que proceda a la eliminación de toda publicación del carácter descrito en todas sus redes sociales, especialmente de su perfil de la red social Facebook y se abstenga en lo sucesivo de ese tipo de declaraciones en todo medio (redes sociales, medios de comunicación o
Fallo
por estas obras ilegales (…) y que considerando sus antecedentes, nos hace sospechar que podríamos estar queriendo ser estafados, así como su ex socia invirtió en el centro estético Beauty Studio y la acusa por haberse quedado con su inversión y ganancias, dejándole solo deudas. La inconciencia ni consideración[sic] de esta persona por el dueño de la casa Eugenio Astaburuaga (…) que se burla morbosamente del estado crítico de salud que está en silla de rueda por un ACV que sufrió hace más de dos años (…)”. Alega que la recurrido le imputa delitos, que por lo demás no tienen sustento fáctico alguno, para posteriormente mofarse de su estado de salud, como se aprecia a continuación: “Mi hija Graciela le cobraba para pagar gastos y ella decía que no tenía dinero mientras estaba en una clínica del sector oriente de Santiago haciendo cirugías estéticas con altos costos, en sectores VIP de conciertos o adquiriendo artículos electrónicos y otros objetos que hasta triplicaban el valor del arriendo (…)”. Finalmente refiere que la recurrida de forma arbitraria y sin medir consecuencias, la acusa de realizar “lavado de imagen” por su activa y desinteresada participación en la agrupación animalista “Villa Huellitas” de Salamanca, la que preside, llegando a indicar incluso que de haber sacrificado perros y de haber promovido la reproducción de cachorros York Shire para su explotación. Menciona que del solo relato de los hechos se evidencia el grave atentado a sus derechos fundamentales,
Texto Completo (Preview)
López Aros, Yanira Valezka Díaz Ahumada, Pablo Esteban Recurso de protección Rol Nº848-2024 La Serena, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece YANIRA VALEZKA LÓPEZ AROS, chilena, emprendedora, soltera, RUN N° 17.144.671-6, domiciliada en Río Camisa N° 35, Villa Aguas Claras, comuna de Salamanca, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo e int
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