HAYDEE LUENGO URREA CON SERVICIO DE SALUD SUR HOSPITAL SANATORIO EL PINO Y OTRO
Rol
Fecha
25 de julio de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirman las resoluciones de folio 6 y 7, ambas de veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el 3° Juzgado Civil de San Miguel. Acordada contra el voto del abogado Sr. García quien estuvo por revocar la resolución impugnada,
Fundamentos
considerando que la notificación de la resolución que recibe la causa a prueba no es la única forma de dar curso progresivo a los autos y que dentro del plazo del abandono la demandante realizó gestiones destinadas a proseguir con su consecución. Devuélvase. N°Civil-1704-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, confirmando el abogado Daniel Hozven Espinoza. San Miguel, 25 de julio de 2024. Sebastian Platt Astorga, relator. San Miguel, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 30, 31 y 32: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguiente
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