CERDA / MAC LEAN
Rol
Fecha
25 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, particularmente lo previsto en el numeral sexto de las normas de procedimiento arbitral, del cual consta que la Jueza Árbitro designada fijó domicilio en la comuna de Santiago, sin perjuicio de permitir algunas actuaciones de forma telemática; lo cierto es, que existen diligencias probatorias que deben desarrollarse de forma presencial, tales como las de prueba testimonial, confesional, exhibición de documentos, entre otras, resultando necesario así, que el tribunal arbitral tenga domicilio dentro de la jurisdicción de esta Corte, lo que no ha ocurrido en este caso y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada por la Jueza Árbitro Saida Gemita Cáceres Contreras en audiencia preliminar de dieciséis de abril de dos mil veinticuatro y en su lugar se declara, que se acoge, sin costas, la excepción de incompetencia del tribunal. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-1942-2024./ahd
Fallo
se declara, que se acoge, sin costas, la excepción de incompetencia del tribunal. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-1942-2024./ahd
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, particularmente lo previsto en el numeral sexto de las normas de procedimiento arbitral, del cual consta que la Jueza Árbitro designada fijó domicilio en la comuna de Santiago, sin perjuicio de permitir algunas actuaciones de forma telemática; lo cierto es, que existen dilig
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