DIAGNÓSTICOS CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO LIMITADA/SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio N°1 comparece EDUARDO BELMAR GARCÍA, abogado, en representación de DIAGNÓSTICOS CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO LIMITADA, interpone recurso de protección en contra de la empresa SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA representada legalmente por don CARLOS ELLIS JHONSON. I.- LOS HECHOS: A.- Requerimiento de la actora respecto a eliminación de publicación de morosidad: El 30 de enero de 2024, su representada, a través de uno de sus abogados comparecientes, solicitó a la recurrida Servicios Equifax Chile Limitada, mediante sus canales formales de comunicación (correo electrónico: contactanos@equifax.cl), la eliminación de la publicación existente en la base de datos de acceso público que dicha empresa mantiene y que está relacionada con la morosidad en el pago la factura N° 2547 por la suma de $28.393.400.-. La factura antes señalada fue emitida el 09 de marzo de 2022 a su representada, Diagnósticos Clínica Alemana De Temuco Limitada, por la empresa Corporación GKG SpA y cedida a la empresa Servicios Financieros Progreso S.A. a pocas horas después de su emisión. Servicios Financieros Progreso S.A., solicitó a la recurrida la publicación de la mencionada factura N°2547, por no pago de la misma. Hace presente que el no pago se debe a que la factura señalada fue forjada de manera ilícita, hechos que se detallan más adelante. B.-
Fundamentos
Fundamentos señalados a la recurrida en la solicitud de eliminación de publicación de morosidad. Dentro de los argumentos expuestos, mediante carta formal dirigida a la recurrida, su representada solicitó la eliminación por los siguientes motivos: (i) Por tratarse de documento -esto es, factura- que no admite comunicación, conforme normativa de la Ley 19.628; (ii) Por haberse efectuado dicha publicación sin la autorización expresa de mi representada, sobre la base del mismo cuerpo normativo, y; (iii) Por haberse forjado dicho documento en forma fraudulenta, pues Diagnósticos Clínica Alemana de Temuco Limitada, además, no tiene ni ha tenido jamás relación comercial alguna con la empresa emisora de dicho documento, conforme acciones judiciales que se acreditan. Respecto a este último punto, en su presentación, se explicó detalladamente como, a través de actos ilícitos e ilegítimos y, por cierto, dolosos, se forjó el año 2022, un documento falso -la factura N°2547- por parte de la empresa Corporación GKG SpA -persona jurídica que nunca ha tenido relación jurídica o comercial con mi representada. Se agregó que la falsa factura se gestó con el único fin de hacerse de dineros ilegítimamente, con un modus operandi que denota abiertamente un ánimo protervo, ya que tan solo horas después de ser emitida, esta fue cedida a un factoring -Servicios Financieros Progreso S.A.- quien, ante el no pago de la misma, solicitó la publicación de la morosidad en el mencionado registro. Asimismo, se le explicó a la empresa recurrida Servicios Equifax Chile Limitada que dicha factura, junto con muchas otras, fue parte de una acción delictual llevada a cabo por terceros, en complicidad con un ex empleado de una de las empresas coligadas de su representada. Estos individuos emitieron, aceptaron y luego cedieron documentos en perjuicio de su representada y sus empresas coligadas. Se indicó, además, que todos estos hechos están siendo investigados en una acción penal actualmente en curso ante la Fiscalía Local de Temuco. Como antecedente decisivo, se señaló que, con fecha 8 de junio de 2022, y debido a ilegítimas publicaciones de morosidad involucradas en el fraude antes mencionado, la recurrida Servicios Equifax Chile Limitada había accedido a eliminar una publicación de morosidad que afectaba a Diagnósticos Clínica Alemana de Temuco Limitada, por argumentos idénticos a los presentados en la nueva solicitud que se les formuló. Se acompaña en otrosí la respuesta de Servicios Equifax Chile Limitada en la que accede a la eliminación de la morosidad recién aludida. La recurrida asigno al caso el N°39191207. II.- DEL ACTO U OMISION ARBITRARIA O ILEGAL QUE MOTIVA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO El 24 de abril de 2024 y luego de casi 4 meses desde la formulación de la solicitud de eliminación, la empresa recurrida Servicios Equifax Chile Limitada, por medio de la ejecutiva doña Solange Estay- Consumer Service Analyst Senior, dio respuesta, vía correo electrónico, negando la elim
Fallo
por tanto, continuar con la publicación de una información comercial que daña el prestigio de la recurrente Diagnósticos Clínica Alemana de Temuco Limitada -puesto que le atribuye una calidad de morosa en el pago de una obligación que se corresponde con un efecto de un delito y, por lo tanto, se trata de un dato que no puede ser objeto de publicidad-, se erige en un acto ilegal y arbitrario que debe cesar inmediatamente ya que de hecho ha causado, causa y seguirá causando perjuicios en la actividad comercial de mi mandante que se caracteriza por ser una persona jurídica cumplidora de sus obligaciones. Es precisamente el actuar de la recurrida, materializada en el acto de comunicación de negativa de eliminación de la publicación, por motivos que no guardan relación con la legitimidad del acto de la publicación, sino que más bien se relacionan con la legitimidad de la cesión del documento publicado, el que constituye, como se expondrá a continuación una vulneración clara, y reconocida por nuestra jurisprudencia de las garantías constitucionales que en detalle se expondrán a continuación. III.- IILEGALIDAD DEL ACTUAR DE LA RECURRIDA Y VULNERACION DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES CON EL ACTUAR DE EQUIFAX a) Ilegalidad del acto. Falta de Requisito de consentimiento expreso del deudor para proceder a la publicación. - Las facturas requieren del consentimiento del deudor, en este caso, su representada, para publicadas. El artículo 4° de la Ley 19.628 dispone que: “El tratamiento de
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C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio N°1 comparece EDUARDO BELMAR GARCÍA, abogado, en representación de DIAGNÓSTICOS CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO LIMITADA, interpone recurso de protección en contra de la empresa SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA representada legalmente por don CARLOS ELLIS JHONSON. I.- LOS HECHOS: A.- Requerimiento de la actora respect
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