3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ RAMON ANDRES CASTELLANOS MORENO

Rol

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en estrados por el compareciente, y que a juicio de estas sentenciadoras no han sido acreditados por la defensa del condenado los requisitos subjetivos previstos en el numeral 2 del inciso final del artículo 15 de la ley 18.216, atendido que el informe social acompañado en autos resulta insuficiente para tener por satisfechas las hipótesis de la referida norma, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 15 y 15 bis de la ley 18.216, se confirma, en lo apelado, la sentencia de fecha veinticinco de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT 1621-2023. Regístrese, comuníquese y devuélvase la competencia. Rol Corte N° 3.908-24.- Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en estrados por el compareciente, y que a juicio de estas sentenciadoras no han sido acreditados por la defensa del condenado los requisitos subjetivos previstos en el numeral 2 del inciso final del artículo 15 de la ley 18.216, atendido que el informe

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