ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Javier Carrasco Henríquez, en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-444-2024. (pjr/cwm)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Javier Carrasco Henríquez, en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-444-2024. (pjr/cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Javier Carrasco Henríquez, en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el expedient
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