14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ LUIS ANDRES SANTANDER FUENTES

Rol

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que la defensa impugnó la resolución del juzgado de garantía que no accedió a la continuación del juicio conforme a las normas del procedimiento simplificado, ordenando, por el contrario, proseguir de acuerdo a las reglas del procedimiento ordinario. 2°) Que resulta relevante establecer las siguientes circunstancias fácticas: a. El 24 de mayo de 2023 el ministerio público solicitó al tribunal la sustitución y requerimiento de procedimiento simplificado, requiriendo como pena por cada uno de los delitos de receptación de especies, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 UTM, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo, como autores del delito de maltrato de obra a carabineros de servicio, y a la pena de 101 días de presidio menor en su grado mínimo, como autores del delito de portar elementos conocidamente, destinados a cometer el delito de robo, en todos los casos, junto a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso de especies incautadas en el procedimiento, y las costas de la causa. b. El 27 de mayo de 2024 el tribunal tuvo por sustituido el procedimiento y por presentado el requerimiento en procedimiento simplificado, citándose a audiencia para el día 25 de junio de 2024. c. En la audiencia del día 25 de junio el tribunal no acogió a tramitación de la causa en procedimiento simplificado, pues el tribunal no estuvo de acuerdo con la calificación jurídica del delito de receptación. 3°) Que de acuerdo a lo expuesto, el tribunal de garantía en la audiencia del día 25 de junio, no podía proceder de la forma en que lo hizo. En efecto, el tribunal ya había dispuesto la citación para la audiencia de rigor y había ordenado la tramitación del juicio conforme al procedimiento simplificado, por lo que solo correspondía dar inicio en la respectiva audiencia con las actuaciones señaladas en el artículo 394 del Código Procesal Penal, y no reabrir un debate ya concl

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal se revoca la resolución apelada de veinticinco de junio de dos mil veinticuatro dictada en los autos RIT 4422-2023 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago y, en cambio se dispone que el tribunal deberá citar a la brevedad a audiencia de procedimiento simplificado. Comuníquese. N°Penal-3926-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 3; téngase presente. Vistos: 1°) Que la defensa impugnó la resolución del juzgado de garantía que no accedió a la continuación del juicio conforme a las normas del procedimiento simplificado, ordenando, por el contrario, proseguir de acuerdo a las reglas del procedimiento ordinario. 2°) Que resulta relevante esta

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