CORREA/COMITÉ OLIMPICO DE CHILE
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
PRESTACIONES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Compartiendo los
Fundamentos
fundamentos del tribunal a quo y atendido lo dispuesto en los artículos 168 y 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de doce de junio del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT N° O-3942-2024. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante Magaly Correa Farías, quien estuvo por revocar la resolución en aquella parte que declaró la caducidad de la acción de nulidad del despido, por estimar que lo dispuesto en el artículo168 del Código del Trabajo no se extiende a la acción de nulidad del despido, establecida en el artículo 162 incisos 5º del mismo cuerpo legal. Comuníquese. Laboral - Cobranza-2235-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo, además, presente: Compartiendo los fundamentos del tribunal a quo y atendido lo dispuesto en los artículos 168 y 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de doce de junio del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT N° O-3942-2024. Acordad
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