BANCO BICE S.A/LEÓN
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que la Ley 20.009 establece un procedimiento de carácter civil, no infraccional. Lo anterior se colige de la remisión efectuada por su artículo 5 inciso sexto al procedimiento establecido en el Párrafo 1º del Título IV de la Ley 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, cuyo artículo 50 B, en lo que interesa, hace remisión en el caso del procedimiento contemplado en el párrafo 3° de ese Título, en lo no previsto, a lo dispuesto en las normas del Código de Procedimiento Civil. Por lo demás, el inciso tercero del citado artículo 5 no señala plazo para la interposición de las acciones por parte del emisor, por lo que no resulta razonable la decisión que por esta vía se impugna, la que consecuentemente será enmendada. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la resolución apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, escrita a fojas veintitrés, dictada en los autos Rol 4388-04-2023 seguidos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en cuanto tuvo por no presentada la demanda de Banco BICE; y en su lugar se ordena al tribunal a quo proceder de inmediato a fijar día y hora para celebrar el comparendo de contestación, conciliación y prueba en este juicio. Devuélvase la competencia. N° Policia Local-830-2023. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la resolución apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, escrita a fojas veintitrés, dictada en los autos Rol 4388-04-2023 seguidos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en cuanto tuvo por no presentada la demanda de Banco BICE; y en su lugar se ordena al tribunal a quo proceder de inmediato a fijar día y hora para celebrar el comparendo de contestación, conciliación y prueba en este juicio. Devuélvase la competencia. N° Policia Local-830-2023. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos 8 y 9: a todo, téngase presente. Proveyendo el escrito folio 10: a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que la Ley 20.009 establece un procedimiento de carácter civil, no infraccional. Lo anterior se colige de la remisión efectuada por su artículo 5 inciso sexto al procedimiento est
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