PONCE/WALMART CHILE S.A..
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción del motivo noveno. Asimismo, de la sentencia de nulidad se reproducen los
Fundamentos
fundamentos Cuarto a Séptimo. Y se tiene además presente: Que en atención a que concurren en la especie los presupuestos fácticos que permiten imputar a la indemnización por años de servicio de la demandante la parte del saldo de la cuenta individual por cesantía constituida por las cotizaciones efectuadas por la empleadora, de acuerdo a lo previsto en los artículos 13 inciso segundo y 52 de la Ley N° 19.728, no corresponde acceder a la restitución reclamada por la suma de $2.032.369.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 162, 163, 171 y 172 del Código del Trabajo, manteniéndose las declaraciones y prestación no afectadas por la nulidad y ordenada pagar en el fallo reproducido, contenidas en la letra a) del acápite I.- y en los acápites II.-, III.- y IV.-, se rechaza la solicitud de devolución del descuento del aporte del empleador a la Administradora de Fondos de Cesantía. Acordada la decisión de rechazar la demanda del actor en aquella parte que solicita la devolución de lo retenido por el empleador correspondiente al aporte al seguro de cesantía, contra el voto del Ministro suplente señor Córdova, conforme se dejó expresado en la sentencia de nulidad. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro señor Balmaceda. No firma el ministro (s) señor Córdova, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por estar con licencia médica. Laboral-Cobranza Nº 3207-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción del motivo noveno. Asimismo, de la sentencia de nulidad se reproducen los fundamentos Cuarto a Séptimo. Y se
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