DORMELUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el habilitado en derecho Marcelo Carvallo Contreras, quien interpone acción constitucional de protección en favor del ciudadano haitiano Mickenson Dormelus, domiciliado en pasaje 5 norte Nº3944, Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva formulada el 28 de abril de 2023 lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Sostiene que además se le comunicó que debía pagar una multa de $31.225 pero al ingresar a la página web de la recurrida para efectuar el pago se indica que el monto asciende a $162.995. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada y modifique el monto de la multa que aparece en la página web, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informó al tenor del recurso indicando que el 23 de diciembre de 2021, por medio de la Resolución Exenta Nº21515468 se tuvo al actor por desistido de la solicitud formulada el 19 de agosto del mismo año. Añade que el extranjero formuló una segunda solicitud el 11 de noviembre de 2022 la que no fue acogida a trámite como se le informó el 28 de abril de 2023 al recurrente, ya que éste no cumplía con los plazos mínimos para postular al beneficio. En cuanto a la multa cursada, que corresponde a 1592 días de residencia irregular, indica que se dejó sin efecto el pago de $162.955, quedando a firme el monto indicado en la resolución exenta Nº23080190 correspondiente a $31.225. Tercero: Que, para analizar el asunto planteado por la presente vía, resulta conveniente consignar que el recurso de protecc
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitucióń Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se rechaza, sin costas, el recurso de proteccióń deducido en favor de Mickenson Dormelus en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, y archívese, en su oportunidad. Rol N°3270-2024 Protección.
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San Miguel, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el habilitado en derecho Marcelo Carvallo Contreras, quien interpone acción constitucional de protección en favor del ciudadano haitiano Mickenson Dormelus, domiciliado en pasaje 5 norte Nº3944, Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su dire
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