LEPE/BUSES METROPOLITANA MET BUS S.A. (LTE)
Rol
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que ha sido el propio tribunal de primera instancia el que por resolución de once de mayo de dos mil veinte suspendió el procedimiento hasta el fin de la emergencia sanitaria, lo que ocurrió el treinta de septiembre de dos mil veintiuno, sin que se haya impugnado dicha decisión, al haber la parte demandante notificado al Buses Metropolitana Met Bus S.A., la mencionada resolución, con fecha diez de marzo de dos mil veintidós, e instar para que se notificara al demandado Juan Contreras, no se ha producido la inactividad procesal por el lapso que exige el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintidós de julio de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°Civil-13567-2022. En Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 17 y 18: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que ha sido el propio tribunal de primera instancia el que por resolución de once de mayo de dos mil veinte suspendió el procedimiento hasta el fin de la emergencia sanitaria, lo que ocurrió el treinta de septiembre de dos mil vein
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