SIN INFORMACION

YUAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

23 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 4 de abril de 2024, comparece don Marco Antonio Valdés Merino, abogado, en favor y representación de don Jianchong Yuan, de nacionalidad china, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no pronunciarse respecto de la solicitud de residencia temporal formulada por la recurrente, actuación que considera vulneratoria de la garantía de igualdad ante la ley que la Constitución Política de la República asegura a todas las personas en su artículo 19 N° 2, por lo que solicita se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda, sin más trámite, sobre la solicitud de residencia temporal. Expone que con fecha 31 de agosto de 2023 don Jianchong Yuan presentó una solicitud de residencia temporal para extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas ante el Servicio Nacional de Migraciones, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo 177 de 2022. Sin embargo, a la fecha de interposición del presente recurso, luego de transcurridos casi 7 meses, la autoridad migratoria aún no se ha pronunciado sobre dicha solicitud, ya sea aprobándola o rechazándola, quedando en evidencia su inactividad. La conducta omisiva del Servicio Nacional de Migraciones, a juicio de la recurrente, contraviene lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 19.880, que establece que el procedimiento administrativo no podrá exceder de 6 meses, salvo caso fortuito o fuerza mayor, desde su iniciación hasta la fecha en que se emita la decisión final. Además, argumenta que se infringen los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental y de inexcusabilidad, consagrados en los artículos 7, 8, 9 y 14 de la referida ley. Por otra parte, el recurrente sostiene que se ha transgredido lo preceptuado en el inciso cuarto del artículo 37 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, que

Fundamentos

fundamentos razonables que justifiquen un trato desigual.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso de protección y, en su mérito, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda, sin más trámite, acerca de la solicitud de residencia temporal para desarrollar actividades lícitas remuneradas formulada por la recurrente el pasado 31 de agosto de 2023, dictando el correspondiente acto terminal en los términos establecidos en el artículo 41 de la Ley N° 19.880. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente incorporó al proceso los siguientes instrumentos: 1) Pasaporte de la recurrente; y 2) Comprobante de envío de solicitud de residencia temporal; SEGUNDO: Que, evacuando el informe solicitado, comparece don Antonio Beltrán Henríquez, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo íntegro de la acción constitucional deducida, por no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión ilegal o arbitraria de la autoridad recurrida que vulnere las garantías invocadas por la recurrente. En cuanto a los hechos, el Servicio Nacional de Migraciones expone que don Jianchong Yuan, de nacionalidad china, con fecha 31 de agosto de 2023, efectuó una solicitud de residencia temporal para extranjeros fuera de Chile, en calidad de titular, por contrato de trabajo, registrada bajo el ID 67370283 y que actualmente dicha solicitud se encuentra en tramitación, específicamente en eta

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. eintitrés de juliop de dos mil cn pland e salud que aun no cumple la anualidad requerida para que pueda pasar por el proceso de VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 4 de abril de 2024, comparece don Marco Antonio Valdés Merino, abogado, en favor y representación de don Jianchong Yuan, de nacionalidad china, interponiendo recurso

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica