FUENZALIDA ESCOBAR ARTURO OSVALDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL -GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que, comparece Viviana González Trabol, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Arturo Osvaldo Fuenzalida Escobar, actualmente interno en el C.D.P. Santiago Sur, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que califica como ilegal y arbitrario consistente en rechazar la libertad condicional del amparado. Indica que actualmente el amparado cumple la pena de 4 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por el delito de tráfico de drogas. Agrega que según información consignada en la Ficha Única su representado registra como fecha de inicio de condena el 3 de abril de 2021 y de término, el 4 de abril de 2025, habiendo sido beneficiado con 4 meses de rebaja en su condena, por lo que el término de ésta, con la reducción es el 4 de diciembre de 2024. Asimismo, el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional, según los antecedentes proporcionados por Gendarmería, se verificó el 4 de diciembre de 2023. Sostiene que con base a sus antecedentes y las actividades que su representado ha realizado al interior del recinto penitenciario, fue incorporado al proceso de libertad condicional del primer semestre de 2024, no obstante, por resolución de 26 de abril del año en curso fue rechazado. Resolución que califica como arbitraria e ilegal por los
Fundamentos
motivos que expone. Pide que se acoja el recurso, concediendo la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidente (s), ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II y que mediante resolución de fecha 26 abril de 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de 2024. Explica que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los bimestres exigidos de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Al respecto, consigna que: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es reincidente legal y crimonológico, cuenta con antecedentes anteriores, relacionados a delitos como deserción calificada cometida en tiempos de paz, manejo en estado de ebriedad, autor y coautor de dos delitos de robo con intimidación, donde por estos últimos condenado a 12 años. Actualmente cumple condena de 4 años como autor del delito de tráfico de drogas”. Agrega que “Se realiza una reevaluación del entrevistado, presenta claros problemas de adherencia por el quebrantamiento de beneficio en condena anterior”.. Por consiguiente, señala que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. Tercero: Que, la Comisión acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en “Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional” e “Informe de Postulación Psicosocial de Libertad Condicional”, de los cuales se desprende que el interno tiene 47 años de edad, y está cumpliendo la pena de 4 años y 1 día por el delito de tráfico de drogas. En cuanto al formulario consolidado, se lee que posee bajo compromiso delictual, comenzó a cumplir condena el 3 de abril de 2021 y tiene fecha de término el 24 de abril de 2021; cumplió con el tiempo mínimo de postulación el 4 de diciembre de 2023; registra muy buena conducta durante los últimos 4 últimos bimestres; y registra beneficios intrapenitenciarios actualmente. Respecto al informe psicosocial, señala que tiene un alto compromiso delictual. Agrega que cuenta con un riesgo de reincidencia bajo, toda vez que de las evaluaciones realizadas no presenta tendencia a favor del de
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Arturo Osvaldo Fuenzalida Escobar en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 1791-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo el escrito folio 22: téngase presente. Vistos: Primero: Que, comparece Viviana González Trabol, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Arturo Osvaldo Fuenzalida Escobar, actualmente interno en el C.D.P. Santiago Sur, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de
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