SIN INFORMACION

CLUB DE RUGBY RUCA MAÑKE/ASOCIACIÓN DE RUGBY DE SANTIAGO

Rol

Fecha

23 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Richard Ramírez Concha, abogado, en representación, de Club de Rugby Ruca Mañke, o Rucamanque Rugby Club, quien interpone recurso de protección en contra de la Asociación de Rugby de Santiago o ARUSA, organización deportiva, representada legalmente por don Rodrigo Marcelo Álvarez Medel, por su actuar ilegal y arbitrario que vulnera las garantías constitucionales de la recurrente del artículo 19 N° 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone, como antecedentes previos, que la recurrente es un club de rugby perteneciente a la IX Región de La Araucanía, en específico a la comuna de Temuco, que se fundó en el año 2000 y que goza de personalidad jurídica desde dicha data a la actualidad. Afirma que luego de años de funcionamiento, y tras culminar primero en el torneo ascenso ADO, el 2017 obtuvo el derecho a unirse y competir por primera vez en el Torneo Nacional de Rugby organizado por ARUSA. Menciona que su representada ingresó a formar parte de ARUSA, participando activamente de dicha organización deportiva, pagando todas sus obligaciones pecuniarias asociadas y, principalmente, compitiendo en los torneos nacionales impartidos por la recurrida. Hace presente que Rucamanque Rugby Club ha participado de forma ininterrumpida en todos los torneos nacionales organizados por ARUSA desde el año 2017 a la fecha. Sostiene que ARUSA es una organización deportiva constituida al amparo de la Ley N° 19.712, que se rige por sus estatutos y reglamento. Añade que el Torneo Nacional de Rugby año 2023 organizado por la recurrida, se regulaba por un acuerdo de participación que reglamentaba todos los aspectos de la competencia. Entre ellos, se establecían las distintas categorías de la competencia, Top 10 o Primera Nacional, Segunda Nacional, Tercera Interregional, Cuarta Interregional, Quinta Interregional y Sexta Regional, como las comunas en que se desarrollaría (Santiago de Chile, Viña del Mar, Quintero, Concepció

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor del Club de Rugby Ruca Mañke o Rucamanque Rugby Club. Regístrese y comuníquese. N°Protección-797-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. A los folios 31, 32 y 33: téngase presente. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Richard Ramírez Concha, abogado, en representación, de Club de Rugby Ruca Mañke, o Rucamanque Rugby Club, quien interpone recurso de protección en contra de la Asociación de Rugby de Santiago o ARUSA, organización deportiva, represe

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