SIN INFORMACION

HUMEREZ/POLICÍA DE INVESTIGACIONES

Rol

Fecha

23 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Marcela Giacamán Pérez, abogada, con domicilio en calle Baquedano N°239 oficina 7 04, Antofagasta, en representación de Leonardo Humerez Limachi, de nacionalidad boliviana, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones Departamento de Migraciones fronterizas, toda vez que la recurrida no ha permitido su ingreso al país señalando que tiene una prohibición de ingreso, constituyendo dicha acción una vulneración a su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República, solicitando dejar sin efecto la referida resolución y que se ordene a quien corresponda la entrada al país del amparado. Informa la recurrida instando por el rechazo de la acción. Puesta en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que el actor de nacionalidad Boliviana, intentó ingresar al país con fecha 12 de octubre del año 2023, siendo detenido por funcionarios policiales, junto a muchas personas que estaban haciendo ingreso clandestino. Expone que el amparado no estaba en la situación de ingreso clandestino, desde que había hecho su ingreso por migraciones y mostró a los funcionarios Policiales, su tarjeta única migratoria y el manifiesto internacional de carga, y que a pesar de aquello fue reconducido a la frontera, siendo informado de una prohibición de 6 meses. Alega que habiendo cumplido con los 6 meses de prohibición de ingreso al país, hasta la fecha aún no se autoriza el ingreso a Chile. Por lo que solicita dejar sin efecto la referida resolución y se permita su ingreso sin mayores restricciones que las establecidas por la autoridad sanitaria del país, notificando para esto, al Control de Migraciones de Policía de Investigaciones de Chile PDI. SEGUNDO: Que Guillermo Quezada Bruzzone, abogado de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, informa al tenor del presente recurso. Expone que con fecha 12 de octubre de 2023, Leonardo HUMEREZ LIMACHI, ingresó a territorio nacional por paso habilitado COLCHANE, y conforme a informe de Policía de Investigaciones de Chile, el extranjero fue sorprendido ingresando a territorio nacional eludiendo el control migratorio realizado por dicha institución, conducta que se encuentra sancionada por nuestra normativa migratoria, conforme al artículo 131 inc. 2 de la Ley 21.325. Señala que de acuerdo a lo indicado por Policía de Investigaciones, el extranjero fue reconducido al paso fronterizo habilitado de Bolivia, al encontrase en la hipótesis correspondiente a la reconducción fronteriza. Así, la normativa vigente al momento de cometer la infracción establecía la prohibición provisoria ingreso de 6 meses, salvo que el Servicio Nacional de Migraciones establezca otro plazo conforme a lo dispuesto en el art 136 de la Ley 21.325. Por lo que actualmente dicha prohibición provisoria de ingreso no se encuentra vigente, ante lo cual el extranjero puede ingresar a territorio nacional. TERCERO: Que Freddy Castro Crespo, Prefecto Jefe (S) Región de Antofagasta de la Policía de Investigaciones de Chile informa al tenor del presente recurso. Indica que efectuadas las consultas por el Departamento de Migraciones y Policía Internacional Antofagasta, al Archivo General de Viajes dependiente de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional de la PDI, se estableció que HUMEREZ LIMACHI, registra como última anotación de viaje una ENTRADA con fecha 12.OCT.023 por el paso fronterizo Colchane, desde Bolivia, sin constar SALIDA. La información anterior, se refiere a todos los controles fronterizos revisados e ingresados en el sistema computacional de la Policía de Investigaciones de Chile. Agrega que en el Sistema de Gestión Policial, registra una prohibi

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA sin costas, el recurso de amparo deducido por Marcela Giacamán Pérez, abogada, en representación de Leonardo Humerez Limachi, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese y comuníquese. Rol 318-2024 (AMP) 4

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Marcela Giacamán Pérez, abogada, con domicilio en calle Baquedano N°239 oficina 7 04, Antofagasta, en representación de Leonardo Humerez Limachi, de nacionalidad boliviana, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones Departamento de Migraciones fronterizas, toda vez que la rec

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica