SIN INFORMACION

LLANCAMÁN/SUPERINTENDENCIA DE SEGURDAD SOCIAL

Rol

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece doña Cecilia del Carmen LLancamán Guerra, domiciliada en Gerónimo de Alderete N°1161, Villa Brasil Temuco, quien interpone recurso de protección en contra de la RESOLUCIÓN EXENTA N°R-01-IBS-61110-2024, de fecha 15 de abril de 2024 emitida por la SUSESO, que resolvió confirmar el rechazo de las licencias médicas Nºs 76541920-4, 12373746-6,78252598-0, 79039090-3, 79744272-0, 80361531-4, 81014487-4, 81449463-2, 81925542-5, 82429179-9, 82923462-9, extendidas por un total de 168 días a contar del 23 de septiembre de 2022 por reposo no justificado. - Señala que la Superintendencia estudió los antecedentes y con su mérito concluyó que el reposo prescrito por las mencionadas licencias médicas, no se encuentra justificado. Esta conclusión se basa en que, los informes médicos aportados son insuficientes y no permiten establecer la existencia de incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado que alcanza a 261 días, puesto que no describen disfuncionalidad o ajuste progresivo y oportuno de farmacoterapia acorde a extensión de reposo. A modo de contexto y de acuerdo con los informes del médico tratante, Dra. Camila Quilodrán Carrasco, Rut 17.583.751-5, Medicina General, respecto del recurrente, con fecha 13 de diciembre de 2022, 10 de febrero de 2023, 25 de febrero 2023, 20 de marzo 2023, informa los siguientes diagnósticos: “Diagnostico(S): Hipotiroidismo, trastorno depresivo recurrente, trastorno delirante esquizoafectivo, Depresión mayor (En control con psiquiatra Dr. Masrri) Breve historia con

Fundamentos

fundamentos clínicos y/o de laboratorio en que se basa el diagnóstico: Paciente de 52 años de edad consulta fecha 17 de noviembre de 2022, con antecedentes de Hipotiroidismo, trastorno depresivo recurrente, trastorno delirante esquizoafectivo, Depresión mayor, actualmente con diagnóstico de Trastorno esquizoafectivo en control y tratamiento con psiquiatra Dr. José Miguel Massri en HHHA…… Tratamiento Actual: 1.- Control con psiquiatra Dr. Cr. José Miguel Massri en HHHA 2.- Levotiroxina 200 mcg en ayuna todos los días. 3.- Carbonato de litio 300 mg 4.- Paroxetina 20 mg 0-0-1 5.- Risperidona 20 gotas am-20 gotas pm 6.- Olanzapina 10 mg 0-0-1 7.- Quetiapina 100 mg 0-0-3 8.- Zolpidem 10 mg 0-0-1. De acuerdo con los informes médicos del psiquiatra Dr. José Miguel Massri Abusleme, Rut 15.530.622-K, RCM: 32.960-6 respecto del recurrente, con fecha 17 de noviembre de 2023, y 18 de abril de 2023, informa los siguientes diagnósticos: “Diagnostico(S): Trastorno esquisoafectivo Paciente ha sufrido múltiples descompensaciones durante los últimos años, en ocasiones con productividad psicótica de tipo paranoide, que incluye alucinaciones concordantes con ideas delirantes. Tratamiento Actual: 1.- Olanzapina 10 mg 0-0-1 2.- Quetiapina 100 mg 0-0-3 3.- Paroxetina 20 mg 0-0-1 4.- Risperidona 1 mg./ ml 20 gotas cada 12 horas 5.- Litio 300 mg 1-0-1 6.- Zolpidem 10 mg 0-0-1. Señala que de acuerdo a los antecedentes y hechos relatados en el presente recurso junto con los antecedentes acompañados y respectivos certificados médicos, dan cuenta de la grave condición de salud mental que le afecta al día de hoy, lo que se ve corroborado con los respectivos informes médicos de sus doctores tratantes, Dra. Camila Quilodrán Carrasco, Rut 17.583.751-5, Medicina General, de fecha 13 de diciembre de 2022, 10 de febrero de 2023, 25 de febrero 2023, 20 de marzo 2023, así como de psiquiatra Dr. José Miguel Massri Abusleme, Rut 15.530.622-K, RCM: 32.960-6 respecto de doña CECILIA DEL CARMEN LLANCAMÁN GUERRA, con fecha 17 de noviembre de 2023, y 18 de abril de 2023, reafirmando los cuadros de Trastornos esquizoafectivo, y trastornos depresivo recurrente, con múltiples descompensaciones durante los últimos años, en ocasiones con productividad psicótica de tipo paranoide, que incluye alucinaciones concordantes con ideas delirantes, así como episodios depresivos. A raíz de su grave situación de salud mental, sumado a los fármacos que toma a diario, no le era posible desempeñar sus funciones laborales de manera óptima, lo que conllevó a que después de este largo tratamiento, con miras a mejorar su estado de salud, esto se ve agravado aún más al no poder recibir los ingresos contemplados por el no pago de las correspondientes licencias médicas, considerando que es el único ingreso que posee para los efectos de sobrevivencia y costar sus necesidades básicas. Reitera la grave vulneración de derechos basados en decisiones de rechazo que carecen de fundamento, limitándose a indicar que lo

Fallo

Por tanto, las actuaciones realizadas por la COMPIN R.M., al decidir aprobar o rechazar una licencia médica se enmarcan en los parámetros objetivos que se han dispuesto por la Ley, y las Normativas vigentes. Todo esto, en la búsqueda de asegurar que el uso de las licencias médicas cumpla verdaderamente su finalidad terapéutica y de carácter transitorio mientras el trabajador recupera su salud para volver a ejercer sus funciones laborales. Acompaña a su presentación los siguientes documentos: 1.- Listado Maestro Licencias Médicas Fonasa del recurrente de los períodos 2022 y 2023. 2.- Copia de Decreto N° 22 de fecha 18 de marzo de 2022 que acredita la calidad de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. A folio 11 informa DIEGO MONTERO QUEZADA, abogado en representación del Fondo Nacional de Salud, FONASA, señalando: En cuanto a la actuación del FONASA respecto al acto u omisión que se alega arbitrario o ilegal en la especie. Que en conformidad a nuestro Ordenamiento Jurídico, corresponde a las COMPIN o a las Isapres, en su caso, la aprobación o rechazo de las licencias médicas y no al FONASA. Según lo dispuesto en los artículos 16 y 29 del Decreto Supremo N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, es la COMPIN quien debe aprobar o rechazar las licencias médicas, en cuanto a los afiliados del FONASA. Señala el artículo 16 que “La Compin, la Unidad de Licencias Médicas o la Isapre, en su caso, podrán rechazar o aprobar las licencias médicas; reducir

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C.A. de Temuco Temuco, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece doña Cecilia del Carmen LLancamán Guerra, domiciliada en Gerónimo de Alderete N°1161, Villa Brasil Temuco, quien interpone recurso de protección en contra de la RESOLUCIÓN EXENTA N°R-01-IBS-61110-2024, de fecha 15 de abril de 2024 emitida por la SUSESO, que resolvió confirmar el rechazo de las licencias médicas Nº

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