SIN INFORMACION

INMOBILIARIA PARQUES Y JARDÍNES S.A/CELEDÓN

Rol

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º Que a folio N°1 comparece el abogado don Marco Rosso Bacovic, en representación de Inmobiliaria Parques y Jardines S.A, parte demandada en autos laborales caratulados "Muñoz / Inmobiliaria Parques y Jardines", RIT O-4589-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, interponiendo incidente de recusación en contra de doña Luz Adriana Celedón Bulnes, en su calidad de jueza del citado tribunal , fundando el mismo en lo dispuesto en el artículo 196 Nº 10 del Código Orgánico de Tribunales, toda vez que –a su criterio- la magistrada habría manifestado dictamen sobre la cuestión pendiente de estos autos, al haber dictado sentencia en un procedimiento diverso, que habría resuelto uno de los puntos de prueba fijados en los autos principales, afectando a las mismas partes. Solicita tener por interpuesto incidente de recusación; declarar bastante la causal, informando la jueza recurrido para que se abstengan de seguir conociendo en tanto no se resuelva el incidente, y, previo los trámites de rigor, acoger el incidente y tener por recusada a la Magistrada y abstengan de conocer el juicio ya señalado. 2º Que el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil establece una triple obligación para el Tribunal que ha de conocer el incidente de recusación planteado, debiendo analizarse, primeramente, si la casual alegada es o no legal; luego, si los hechos planteados la constituyen, para finalmente establecer si los mismos se encuentra debidamente especificados, debiendo, en definitiva, realizar un pronunciamiento de mérito. 3º Que en autos la causal de recusación alegada es haber manifestado el Juez de cualquier modo su dictamen sobre la cuestión pendiente, con conocimiento de la misma, contemplada en el artículo 196 N°10 del Código Orgánico de Tribunales. Que con lo anterior ha de señalarse que se cumple por parte del incidentista, con la primera de sus obligaciones. 4º Que como se desprende de la presentación de folio N

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 196 Nº 10 del Código de Orgánico de Tribunales, 119 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se desecha la recusación formulada planteada respecto de la Jueza doña Luz Adriana Celedón Bulnes, autos laborales caratulados "Muñoz / Inmobiliaria Parques y Jardines", RIT O-4589-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Archívese. N° Laboral-Cobranza-2305-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra señora Sandra Araya Naranjo y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro A sus autos certificación que antecedente. A folio N°1: A todo, aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1º Que a folio N°1 comparece el abogado don Marco Rosso Bacovic, en representación de Inmobiliaria Parques y Jardines S.A, parte demandada en autos laborales caratulados "Muñoz / Inmobiliaria Parques y

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