SIN INFORMACION

ARANGO LEDESMA WILLIAM ANDRES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTEROP DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece William Andrés Arango Ledesma, mediante formulario manuscrito, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta Nº 24325279 de 03 de julio de 2024, que no dio lugar a su solicitud de residencia temporal y otorgó plazo de 30 días para hacer abandono del país, menoscabándose de manera ilegal su libertad personal y seguridad individual, vulnerando el artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política de la República. Indica que es nacional de Colombia y se encuentra casado con Linda Marcela Osorio Bañol, con residencia definitiva en el país. Refiere que ha estado en el país de forma legal. Segundo: Que evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, por medio de su abogado Javier Muñoz Reyes, y señala que el amparado ingresó a Chile como turista el 16 de noviembre de 2023, por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez. Teniendo permiso de residencia transitoria de 90 días vigente hasta el 4 de febrero de 2024, de acuerdo a su Tarjeta Única Migratoria. Refiere que, con fecha 26 de enero de 2024, el recurrente solicitó el cambio de categoría migratoria, al requerir un permiso de residencia temporal por reunificación familiar con su conviviente civil doña Linda Marcela Osorio Bañol, quien, si bien fue titular de residencia definitiva – requisito para acceder a la reunificación familiar en caso de vínculo con contrayente extranjero- actualmente no goza de ese beneficio, ya que operó la revocación tácita del mismo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 43 del D.L. N° 1.094, Ley de Extranjería entonces vigente, y el artículo 83 de la Ley Nº 21.325, Ley de Migraciones actualmente vigente, al ausentarse del país por un período de 4 años ininterrumpidos sin solicitar la prórroga ante el Consulado respectivo. Lo que fue constatado mediante Resolución Exenta N° 26004, de fecha 15 de julio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones. Refiere que, mediante Resolución Exenta N° 24325279, de fecha 03 de julio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, se declaró inadmisible por improcedente la solicitud del recurrente, y se autorizó su egreso del país en el plazo de 30 días contados desde la notificación de la referida resolución. Reservándosele los recursos administrativos establecidos en la Ley Nº 19.880, los que no han sido interpuestos a la fecha. En cuanto al derecho, asevera que no se rechazó la solicitud del amparado, si no que fue inadmisible por improcedente, ya que no se permite bajo el artículo 58 de la legislación actual solicitar un permiso de residencia temporal encontrándose en Chile como turista, salvo excepciones específicas -contenidas en el artículo 69-, en las cuales no se encuentra el amparado, ya que, en base a la causal de reunificación familiar, no cuenta con un vínculo con chileno o con extranjero titular de residencia definitiva. Además, sostiene que, según lo dispuesto en el artículo 4° inciso 1° del Decreto N° 177 de 2

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República se rechaza la acción de amparo deducida por William Andrés Arango Ledesma en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-1919-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 16; a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece William Andrés Arango Ledesma, mediante formulario manuscrito, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta Nº 24325279 de 03 de julio de 2024, que no dio lugar a su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica