2º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

MARIA MUÑOZ ZUÑIGA Y OTROS CON JULIA CARREÑO SERRANO Y OTROS

Rol

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que se encuentra acreditado en autos la declaración de interdicción de Rubén Alamiro Carreño Serrano mediante sentencia de 8 de junio de 2009. 2°) Que el juez a quo, en la decisión que se revisa, fundó en los

Fundamentos

motivos Décimo Primero y Décimo Segundo las razones en cuyo mérito decidió desestimar el incidente de nulidad y en el Décimo Tercero manifestó que, en uso de las facultades correctivas de oficio contenidas en los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, anularía la resolución que allí indica. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de diecisiete de julio de dos mil veintitrés, dictada en los autos rol C-1749-2018 del Segundo Juzgado de Letras de Talagante, precisando que el señor juez a quo, en uso de sus facultades de oficio, retrotrajo la causa al estado de notificar debidamente la demanda a Rubén Alamiro Carreño Serrano y le designó un curador ad litem para su representación. Atendido el extenso tiempo de tramitación, el señor juez a quo, otorgará especial preferencia a esta causa. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1697-2023 Civil

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó revocando la abogada doña María Isabel Maluenda Rojas. En San Miguel, a 22 de julio de 2024, Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, veintidós de julio de dos mil veinticuatro Al escrito folio N°12: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que se encuentra acreditado en autos la declaración de interdicción de Rubén Alamiro Carreño Serrano mediante sentenc

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