SIN INFORMACION

DUIJNDAM/1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. N° 1886-2024)

Rol

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1 comparece doña Leyla Hirmas Bormann, abogada, en representación del recurrente de hecho y denunciante de tutela laboral don Paules Duijndam Verheul, en causa RIT T-3062-2023, que se tramita ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien en conformidad a lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, e interpone recurso de hecho (falso) contra la resolución dictada el día veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro que concedió el recurso de apelación en ambos efectos contra la resolución de fecha dieciséis del mismo mes y año, que rechazó la cuestión de competencia promovida por vía inhibitoria. Indica como antecedentes de hecho que con fecha tres de mayo del presente, la parte denunciante interpuso una cuestión de competencia por vía inhibitoria, la cual fue rechazada mediante resolución de fecha dieciséis de mayo. Refiere que contra dicho rechazo interpuso recurso de apelación, el cual fue concedido en ambos efectos, mediante la resolución que se recurre. Explica conforme lo dispone el artículo 194 N°2 del Código de Procedimiento Civil dispone el recurso de apelación, respecto de las sentencias interlocutorias, debe ser concedido en el sólo efecto devolutivo. En dicho sentido, y siento la cuestión de competencia corresponde a una sentencia interlocutoria según la definición del artículo 158 inciso tercero del Código de Procedimiento Civil, debió concederse el recurso solo en el efecto devolutivo. Segundo: Que, el artículo 476 del Código del Trabajo dispone que “Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá en el solo efecto devo

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por la abogada Leyla Hirmas Bormann, en representación del denunciante de tutela laboral Paules Duijndam Verheul, en contra de la resolución de veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en causa RIT T-3062-2023 que concedió el recurso de apelación en ambos efectos. Déjese copia de lo resuelto en causa Rol Laboral-Cobranza N° 1.886-2024, para los fines respectivos. Regístrese y comuníquese. Rol Laboral-Cobranza N° 1959-2024 Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez, señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. Santiago Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 5: a lo principal, estese a lo que se resolverá. Al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1 comparece doña Leyla Hirmas Bormann, abogada, en representación del recurrente de hecho y denunciante de tutela laboral don Paules Duijndam Verheul, en causa RIT T-3062-2023, que se tramita

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