RUIZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Darwin Francisco Ruiz Ramírez, cédula de identidad para extranjeros Nº26.212.964- 0, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Ventura Blanco Viel Nº1400, comuna de San Miguel, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la solicitud de carta de nacionalización efectuada el 23 de mayo de 2023, lo que transgrediría los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880. Pide que se ordene al organismo pronunciarse sobre la solicitud planteada. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que la solicitud del recurrente, presentada el 23 de mayo de 2023, se encuentra desde el 24 de junio de 2024 en etapa de “PDI asignación”. Señala que el artículo 38 de la Ley N°21.325 establece expresamente que todos los extranjeros que ostenten un certificado de residencia en trámite vigente son libres para entrar y salir del país, sin limitaciones. En cuanto al tiempo de tramitación, por el aumento exponencial de los flujos migratorios al país, se configura un caso fortuito o fuerza mayor que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, lo que justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de nacionalización a que alude el recurso. Solicita el rechazo de la presente acción constitucional de protección en todas sus partes por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de alguno de los derechos enumerados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, así como el rechaz
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Darwin Francisco Ruiz Ramírez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°3577-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Darwin Francisco Ruiz Ramírez, cédula de identidad para extranjeros Nº26.212.964- 0, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Ventura Blanco Viel Nº1400, comuna de San Miguel, para deducir recurso de protección en contra d
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