JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ LUIS EUGENIO VARGAS TOLEDO

Rol

Fecha

20 de julio de 2024

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que encontrándose cerrada la investigación, como asimismo, que el imputado tiene arraigo social y familiar, y que carece de antecedentes prontuariales, se estima que una medida cautelar menos rigurosa que la prisión preventiva es suficiente para asegurar los fines del procedimiento, conforme se dirá. Por este razonamiento, oídos los intervinientes que participaron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en la audiencia de quince de julio del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 56-2024 del Juzgado de Garantía de Curicó, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Luis Eugenio Vargas Toledo y, en su lugar, se sustituye por las contempladas en el artículo 155 letras a) y d) del cuerpo legal antes citado, esto es, arresto domiciliario total en su casa y arraigo nacional. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N° Penal-1355-2024.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de julio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo únicamente presente: Que encontrándose cerrada la investigación, como asimismo, que el imputado tiene arraigo social y familiar, y que carece de antecedentes prontuariales, se estima que una medida cautelar menos rigurosa que la prisión preventiva es suficiente para asegurar los fines del procedimiento, conforme se dirá. Por este r

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