C/ ALEXIS ALEJANDRO RODRIGUEZ VALDIVIA
Rol
Fecha
20 de julio de 2024
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes, compartiendo estos sentenciadores los argumentos vertidos por la juez a quo, en la resolución recurrida, en cuanto a la concurrencia de los presupuestos establecidos en el artículo 140 letra a, b y c) del Código Procesal Penal, y teniendo en especial consideración que respecto de la necesidad de cautela, concurren varios de los supuestos de riesgo establecidos en el artículo 7 de la Ley N°20.066, a saber: existencia de procesos pendientes en contra del imputado, en especial, de delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar respecto de igual víctima y el hecho reconocido de consumo de drogas por parte del enjuiciado y la concurrencia de una pauta de riesgo que arroja como conclusión riesgo alto vital para la ofendida, antecedentes que dan cuenta de la existencia de un riesgo inminente para ésta; considerando además la hipótesis del artículo 33 N°3 de la Ley N°21.675, en cuanto a la negativa del imputado a aceptar el término de la relación de pareja; y, que en todo caso el hecho de haberse retractado la denunciante en nada altera el riesgo para ésta, y que la retractación esbozada solo dice relación con el temor hacia el imputado y no con los supuestos fácticos que dieron origen a la causa, lo que debe ser analizado y ponderado en la oportunidad procesal correspondiente, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Alexis Alejandro Rodríguez Valdivia, por considerar que su libertad es peligrosa para la seguridad de la víctima y peligrosa para la seguridad de la sociedad Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) Natalia Ferrada Retamal. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1242-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veinte de julio de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:16 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por la Ministra titular señora Marcela Sandoval Durán y el Ministro suplente señor Juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la def
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