2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GAMBOA/COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G.

Rol

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de dos de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-2323-2022, se resolvió rechazar la demanda de tutela; y rechazar la demanda subsidiaria, sin costas. Contra este fallo, la parte demandante interpone recurso de nulidad invocando la causal del 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por estimar que se ha dictado sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. En subsidio, invoca la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por estimar que es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. En subsidio, invoca la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por estimar que se ha dictado sentencia con infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con lo dispuesto en el contrato de trabajo celebrado entre las partes, el artículo 46 del Código del Trabajo y el artículo 1545 del Código Civil. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó la parte recurrente.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la demandante invoca primero la causal contenida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, toda vez que, a su juicio, se han infringido en forma manifiesta las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. En un primer orden de idas, estima que de la prueba incorporada y de los presupuestos fácticos asentados por el tribunal a quo, se reconoce que la demandante, en su calidad de administrador general del Colegio de Arquitectos, fue autorizada a revisar los correos electrónicos de la Sra. Jadille, relativos a temas de agenda y de carácter importante. Expone que un hecho asentado del

Fallo

fallo es que el correo que habría revisado la actora tenía como asunto “situación económica del Coligeio I”, de 17 de octubre de 2023, dirigido a la presidenta de la entidad y sus directores. Alega que a pesar de esto, la sentenciadora resuelve que la Sra. Gamboa, en su cometido de revisar los correos, habría accedido a una comunicación personal y no urgente remitida a la señora Jadille, pues señala que dicho correo no tendría el carácter de agenda ni de urgencia, toda vez que el asunto de éste era “situación económica del Colegeio I”. Luego, desarrolla la idea de que de la prueba incorporada en autos no se desprende que el correo revisado por la Sra. Gamboa excediera la autorización expresa otorgada por la presidente, y que se dio aplicación a una máxima de la experiencia infundada. Además, refiere que, si se autorizó la revisión del correo electrónico, no se podría tener una legítima expectativa de privacidad. Argumenta que el correo revisado tiene la calificación de importante, y yerra la sentenciadora en su análisis porque desestima por completo la naturaleza de las funciones que desempeñaba la actora como la autorización que se le otorgó. Señala que no parece conforme a la lógica ni las máximas de la experiencia que quien autoriza el ingreso a su correo electrónico institucional pueda tener una legítima expectativa de privacidad, más aún en circunstancias que jamás se consignó o precisó como condición y por escrito, que debían revisarse determinados correos electrónico

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de dos de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-2323-2022, se resolvió rechazar la demanda de tutela; y rechazar la demanda subsidiaria, sin costas. Contra este fallo, la parte demandante interpone recurso de nulidad invocando

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