CLIVIO/COMISION NACIONAL ARBITRAJE DEPORTIVO
Rol
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Raúl Alejandro Clivio Rivas, técnico de nivel superior en actividad física y deporte, quien interpone recurso de protección en contra del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de una sentencia, el 31 de enero de 2024, que le impuso una sanción de seis meses de inhabilitación para desempeñarse como técnico del Comité Paralímpico de Chile, vulnerando con ello las garantías fundamentales consagradas en los numerales 1, 3 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere, en síntesis, que el origen de la denuncia es una carta del "Colectivo Goalball" enviada en diciembre de 2022, dirigida a la entonces presidenta de FENADDIVI, y reenviada al Gerente General del Comité Paralímpico de Chile, dando cuenta de acusaciones de maltrato físico y verbal por parte del recurrente y otros miembros del staff técnico de Goalball. Las acusaciones incluyen incidentes específicos donde se habría tratado de manera despectiva a la denunciante, Melany Olave Collao. Expresa que el recurrido realizó una investigación que resultó en la sentencia que se impugna por esta vía, en un proceso marcado por irregularidades, falta de conocimiento de la disciplina Goalball y un procedimiento que el recurrente considera arbitrario e ilegal. Explica que los actos incluyen la expulsión de la denunciante del equipo nacional de Goalball y supuestos maltratos durante una competencia, indicando que estos hechos fueron malinterpretados y que el procedimiento careció de una evaluación adecuada de las pruebas y testimonios. Reprocha de la investigación que no se consultara a expertos en la disciplina Goalball ni a la federación FENADDIVI para un análisis adecuado. También manifiesta que existen contradicciones en los testimonios y una falta de pruebas concluyentes, además de una relación cercana entre la denunciante y miembros del Comité. En cuanto a las garantí
Fundamentos
motivos por los cuales el arbitrio intentado no puede prosperar, debiendo ser rechazado, sin que resulte necesario referirse a los demás planteamientos formulados en la instancia. Y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia,
Fallo
se decide que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Raúl Alejandro Clivio Rivas, en contra del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Protección-3328-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 21: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Raúl Alejandro Clivio Rivas, técnico de nivel superior en actividad física y deporte, quien interpone recurso de protección en contra del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictac
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