SIN INFORMACION

TURISMO COSTA CISNE SPA. C/ CAPITANIA PUERTO VALDIVIA

Rol

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1. A folio 1 Turismo Costa Cisne SpA., representada por Manuel Alejandro Macaya Arriagada, dedujo acción de protección de garantías constitucionales contra la Capitanía de Puerto de Valdivia, representada por el Capitán de Fragata Gonzalo Townsend Aravena, por la dictación de la Resolución CP VLD N. 12.200/69/NRS de 22 de mayo de 2024, que le impuso una amonestación y ordenó la paralización de sus actividades. Indicó que el 13 de febrero de 2024 la recurrida le otorgó un permiso para la instalación de una plataforma flotante destinada al arriendo de kayaks, stand up paddle y entrega de información turística, ocurriendo que el 22 de mayo de 2024 se le amonestó por supuestas infracciones relacionadas con la instalación de una estructura adicional de metalcon con techo y fachada y por permitir el atraque de una nave menor en el área autorizada, ordenando además la paralización inmediata de las actividades y la remoción de la estructura en cuestión dentro de 7 días bajo amenaza de iniciar el trámite de caducidad del permiso. Hace presente que la estructura en cuestión tiene como finalidad mejorar la experiencia turística al dar mayor comodidad y seguridad a los visitantes en época invernal, con lo cual no se afecta el objetivo principal para el cual se le otorgó el permiso en cuestión; y que en cuanto al atraque de una nave menor, ello es una actividad accesoria necesaria para el funcionamiento del centro de recreación y no es algo que esté prohibido en el permiso que se le otorgó. Finalizó indicando que la paralización de actividades le genera perjuicio económico y que la Resolución impugnada ha afectado su derecho a la igualdad ante la ley y el debido proceso. Pide se deje sin efecto la Resolución impugnada y se le conceda una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. 2. A folio 11 la Capitanía de Puerto de Valdivia informó que con fecha 13 de febrero de 2024 se otorgó al recurrente el Permiso de Escasa Importancia requerido, indicándosele en lo resolutivo de la autorización, que su objeto sería “Amparar la instalación de una plataforma flotante para el arriendo de kayak y stand up paddle, realizando entrega de información de utilidad a los visitantes relacionada con los atractivos de la comuna, aportando al desarrollo de actividades turísticas”. Agregó que de acuerdo al Reglamento de Concesiones Marítimas, toda concesión o permiso debe tener un objeto que determine las condiciones del destino que le dará el beneficiario al usar y gozar un bien nacional de uso público. Así, el objeto está definido como el uso que se le dará a la concesión en cada uno de los sectores o tramos, según su naturaleza, para el desarrollo de un determinado proyecto o actividad. Agregó que el 15 de mayo de 2024 recibió la denuncia por parte de varios medios de comunicación respecto a un construcción tipo galpón o media agua sobre la estructura flotante, lo cual fue constatado en terreno por personal de Patrulla de Policía Marítima y al requerir

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Decreto N.° 9 de 2018 sobre Reglamento de Concesiones Marítimas; artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y disposiciones del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección; Se RECHAZA el recurso de folio 1, sin costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1520-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1. A folio 1 Turismo Costa Cisne SpA., representada por Manuel Alejandro Macaya Arriagada, dedujo acción de protección de garantías constitucionales contra la Capitanía de Puerto de Valdivia, representada por el Capitán de Fragata Gonzalo Townsend Aravena, por la dictación de la Resolución CP VLD N. 12.2

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