ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo alegado en estrados y teniendo presente la libertad probatoria del artículo 28 en relación con el artículo 32 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, que instruye a los solicitantes acompañar el certificado de Cese de Convivencia, en el plazo de 5 días, bajo el apercibimiento, del Tribunal resolver de oficio, y en su lugar se resuelve que el tribunal a quo debe acoger a tramitación la solicitud presentada debiendo ésta ser resuelta por juez no...
Fallo
se resuelve que el tribunal a quo debe acoger a tramitación la solicitud presentada debiendo ésta ser resuelta por juez no...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Sag/rps Chillán, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo alegado en estrados y teniendo presente la libertad probatoria del artículo 28 en relación con el artículo 32 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, que inst
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