ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente: Que conforme a lo dispuesto en la parte final del inciso 3° del artículo 1 de la Ley 14.908, podrá darse curso a las demandas respecto a actores que se encuentren incorporados al Registro Nacional de Deudores, en el evento que se presenten antecedentes calificados para ello, lo que en la especie sucede atendido los
Fundamentos
fundamentos de hecho en que se justifica la acción, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada dictada el dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, y se dispone que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo además presente: Que conforme a lo dispuesto en la parte final del inciso 3° del artículo 1 de la Ley 14.908, podrá darse curso a las demandas respecto a actores que se encuentren incorporados al Registro Nacional de Deudores, en el evento que se presenten antecedentes calificados para ello, lo que en la especie sucede atendi
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