SIN INFORMACION

TORO/LA ARAUCANA C.C.A.F

Rol

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece Alex Barcaza Torres, abogado, a nombre de Yorni Juana Toro Sasso, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, en razón del acto ilegal y arbitrario que detalla, vulnerador de la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Expone que el año 2016, la actora contrajo un mutuo de dinero con la recurrida, denominado “crédito social”, pagadero en cuotas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 18.833. Fue desvinculada de su trabajo el año 2017, cayendo en mora, sin que haya sido demandada ni que se hayan efectuado descuentos en sus remuneraciones, a pesar de haber trabajado con diversos empleadores suscritos a cajas de compensación. De esa forma, indica, transcurrieron más de 5 años desde que dejó de pagar el crédito, y más de 3 años desde el vencimiento de la última cuota, por lo que no existiría título ejecutivo que no fuese susceptible de ser declarado prescrito. No obstante ello y para su sorpresa, el 5 de marzo del presente año, su empleador le comunicó mediante su liquidación de sueldo, que se le descontó $53.820 por el crédito social ya indicado, dejándola en un estado de total indefensión, al pretender descontarle en forma ilegal y arbitraria desde su remuneración una deuda claramente prescrita, conducta que se reiterará en los próximos meses, sin tener certeza de por cuánto tiempo. Califica de irracional y abuso el uso que pretende hacerse del citado artículo 22 de la Ley N° 18.833, lo que afecta la garantía fundamental ya referida. Finaliza solicitando que se acoja la acción, ordenando para restablecer el imperio del derecho que la recurrida deberá abstenerse de continuar obteniendo el pago del crédito social vía descuentos de sus remuneraciones; que deberá reembolsar los montos que indebidamente pudiesen ser descontados en un plazo de 5 días hábil

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido a nombre de Yorni Juana Toro Sasso en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2462-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece Alex Barcaza Torres, abogado, a nombre de Yorni Juana Toro Sasso, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, en razón del acto ilegal y arbitrario que detalla, vulnerador de la garantía constitucio

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