JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/C. F. P. N. Y B.F.R.M.

Rol

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por los que se formalizó la investigación y la presunta participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, gravedad y forma de comisión del ilícito, bienes jurídicos afectados y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, 32 y 33 de la Ley N°20.084, se confirma la resolución apelada de doce de julio en curso, dictada en los autos RIT 5580-2024 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la internación provisoria de los adolescentes C.F.P.N. y B.F.R.M. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2638- 2024 Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: a diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 2638-2024 RIT: 5580-2024 Ruc: 2400803747-3 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Andrea Durán Bruce Abogado asesor del Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensor penal público: Pedro Narváez Candias Imputados: C.F.P.N. y B.F.R.M. Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Delito: Robo co

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica