IMPUTADOS: MARIO ANTONIO PINO GOMEZ, MARCELA CARMEN ROA QUEZADA
Rol
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que la parte querellante Empresa Aquachile S.A, tal como lo señala en su escrito recursivo, se opone a las condiciones fijadas en la suspensión condicional del procedimiento, no por no concurrir los requisitos de la referida suspensión, sino respecto a aquellas que fueron fijadas por el Tribunal al efecto y que se alejan en mucho a las que anhela. Indica para aquello pormenorizadamente sus argumentos, tópico no susceptible del recurso de apelación, dado que el inciso penúltimo del artículo 237 del Código Procesal Penal, contempla dicho arbitrio procesal solamente en contra de la resolución que se pronuncie sobre la suspensión condicional del procedimiento, salida alternativa que consiste en un acuerdo entre el Fiscal y el imputado que es sometido a la aprobación del juez de garantía, en la que la víctima y el querellante solo tienen derecho a ser oídos en cuanto a las condiciones establecidas, sin perjuicio del derecho que consigna el inciso primero del artículo 240 del citado cuerpo legal, por lo que se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el querellante Empresa Aquachile S.A, en contra de la resolución de treinta de mayo del año en curso, dictada en la causa RIT 4429-2023, RUC 2301279822-9 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la suspensión condicional del procedimiento. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1146-2024 Penal.
Fallo
se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el querellante Empresa Aquachile S.A, en contra de la resolución de treinta de mayo del año en curso, dictada en la causa RIT 4429-2023, RUC 2301279822-9 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la suspensión condicional del procedimiento. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1146-2024 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que la parte querellante Empresa Aquachile S.A, tal como lo señala en su escrito recursivo, se opone a las condiciones fijadas en la suspensión condicional del procedimiento, no por no concurrir los requisitos de la referida suspensión, sino respecto a a
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