JUZGADO DE GARANTIA DE MARIQUINA

MP C/ MOHYRA DEL CARMEN LOPEZ CORONADO

Rol

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Y teniendo presente que los antecedentes reunidos hasta ahora no satisfacen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, especialmente la letra b), se REVOCA la resolución apelada de nueve de julio de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total y el arraigo nacional de la imputada Mohyra del Carmen López Coronado. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien compartiendo los argumentos vertidos por el juez a quo, estuvo por confirmar la resolución en alzada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1071 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 18 de julio de 2024. Andrea Hurtado Villanueva Relatora Ad – Hoc En Valdivia, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Y teniendo presente que los antecedentes reunidos hasta ahora no satisfacen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, especialmente la letra b), se REVOCA la resolución apelada de nueve de julio de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total y el arraigo nacional de la imputada Mohyra del Carmen López Coronado. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien compartiendo los argumentos vertidos por el juez a quo, estuvo por confirmar la resolución en alzada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1071 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 18 de julio de 2024. Andrea Hurtado Villanueva Relatora Ad – Hoc En Valdivia, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECIOCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2400784415-4, RIT 791–2024. ROL CORTE 1071–2024. Siendo las 09:12 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra Sra. Marcela Araya Nov

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