ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de julio de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, no advirtiéndose de los hechos expuestos por el padre requirente una vulneración grave de los derechos de la niña, en relación con lo dispuesto en los artículos 8 N°7 y 67 N°2 de la Ley N°19.968 y artículo 30 de la Ley N°16.618, se confirma la resolución de fecha seis de diciembre de dos mil veintitrés, pronunciada por el Juez (S) del Juzgado de Familia de Puerto Varas, don Juan Ignacio Fuenzalida Polanco, que no dio curso a la tramitación de un procedimiento por vulneración de derechos de la niña OLIVIA. Devuélvase. Rol Familia N° 488-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes, no advirtiéndose de los hechos expuestos por el padre requirente una vulneración grave de los derechos de la niña, en relación con lo dispuesto en los artículos 8 N°7 y 67 N°2 de la Ley N°19.968 y artículo 30 de la Ley N°16.618, se confirma la resolución de fecha seis de diciembre de dos mil veintitrés
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