SIN INFORMACION

DEMARATTE SODLINE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de la ciudadana haitiana, Sodline Demaratte, con domicilio en Toma de Cerrillos N°219, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, Santiago, que mediante Resolución Exenta N°24271854, de 3 de junio de 2024, rechazó su solicitud de permanencia definitiva y ordenó su abandono del país dentro del plazo de 10 días, acto que estima desproporcionado, arbitrario, ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que la recurrente solicitó la permanencia definitiva en el país y que la misma fue rechazada bajo el argumento de no haber remitido la sanción correspondiente al artículo 107 de la Ley N°21.325. Estima que la resolución que rechaza su residencia definitiva y dispone su abandono del país resulta ilegal, desproporcionada y perturba su derecho a la libertad personal. Pide acoger el recurso y dejar sin efecto la resolución que dispone su abandono del país, retrotraer el proceso administrativo a una etapa en que se le permita complementar los antecedes o, en su defecto, efectuar una nueva postulación. Segundo: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por no existir un acto arbitrario o ilegal y haber actuado con apego a la normativa vigente. Luego de referir los antecedentes migratorios de la recurrente, entre los que se incluye el ingreso al país el 6 de octubre de 2017, indica que ésta solicitó un permiso de permanencia definitiva el 30 de marzo de 2022; que mediante comunicación electrónica folio N°47354845, de 5 de octubre de 2023, se le solicitó complementar

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Sodline Demaratte en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°534-2024 Amparo 1 1 3

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de la ciudadana haitiana, Sodline Demaratte, con domicilio en Toma de Cerrillos N°219, comuna de

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