INVERSIONES SOLUCIONALO SPA/ PAINEMIL FUENTES JOCELYN
Rol
Fecha
18 de julio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que lo exigido en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, cuestiones que son materia de excepciones a la ejecución que, en su caso, deberán ser discutidas en la etapa procesal correspondiente; y que, a mayor abundamiento, el ejecutante cumplió lo ordenado por el tribunal a quo, según consta a folio 6. Y de conformidad con lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintidós de mayo del presente año, dictada en los autos rol C-1659-2024 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo y, en su lugar, se declara que se deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-1213-2024.
Fallo
se declara que se deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-1213-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que lo exigido en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, cuestiones que son materia de excepciones a la ejecución que, en su caso, deberán ser discutidas en la etapa procesal correspondiente; y que, a mayor ab
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