MP C/BRENDA RAMOS ZUÑIGA. (QUERELLANTE: SEBASTIAN DOREN VILLASECA).
Rol
Fecha
18 de julio de 2024
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se ve suficientemente satisfecha con la medida cautelar del artículo 155 del mismo cuerpo legal, que se señalará en lo resolutivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de diez de julio del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago y se declara que se impone a la imputada Brenda Ramos Zúñiga, la cautelar contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistente en arresto domiciliario total, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada contra el voto de la Ministra señora González, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 2608-2024 Penal.
Fallo
se declara que se impone a la imputada Brenda Ramos Zúñiga, la cautelar contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistente en arresto domiciliario total, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada contra el voto de la Ministra señora González, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 2608-2024 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Sala Rol: 2608-2024 Penal Ruc: 2410017595-5 RIT: 878-2024 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Carlos Farías Pino y señora M. Catalina González Torres y Abogada Integrante señora Patricia Muñoz García Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Natalia Soto Defens
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