CAMBIASO/LATAM AIRLINES GROUP S.A. - VUELVE A TABLA (REASIGNADA SALA 10°)
Rol
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7034-2021, se resolvió acoger parcialmente la demanda, declarando injustificado el despido de 25 de junio de 2020; y condenar a la demandada al pago de $29.883.437 por concepto del 30% de recargo a la indemnización por años de servicios, y la suma de $3.425.372 por concepto de devolución de descuento de impuestos, más reajustes e intereses legales; y rechazar la demanda en todo lo demás, sin costas. Contra este fallo, la parte demandada interpone recurso de nulidad invocando la causal del 477 del Código del Trabajo, por estimar que se ha dictado sentencia con infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 161 del Código del Trabajo y los artículos 20 y 23 del Código Civil. Sin indicar si lo hace en forma conjunta o subsidiaria, invoca nuevamente la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por estimar que se ha dictado sentencia con infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 17 N° 13 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. A su turno, la parte demandante interpone recurso de nulidad invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por estimar que se ha dictado sentencia con infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 42 letra A) y 172 del mismo cuerpo legal. Declarados admisibles los recursos se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
Considerando: En cuanto a recurso de nulidad de la demandada. Primero: Que, la demandada invoca primero la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, toda vez que, a su juicio, a pesar de que se tuvieron por acreditados los hechos invocados en la carta de despido, el tribunal concluyó que no se configura en la especie la causal de término del contrato de trabajo de necesidades de la empresa, lo que configuraría una infracción al artículo 161 del Código del ramo. Alega que el considerando sexto del
Fallo
fallo reconoce como acreditados los hechos de la carta de despido, consistentes básicamente en los efectos que produjo la pandemia por el Covid-19 en la industria aérea, reduciendo drásticamente la actividad de la compañía. Sin embargo, en el mismo motivo se señala que no se logra configurar la causal de necesidades de la empresa, en razón de que, según testigos de la contraria, una gran cantidad de pilotos despedidos han sido recontratados, que se ha recuperado la actividad de transporte de pasajeros, y que la reorganización que llevó a cabo la aerolínea en el país de Estados Unidos tenía la finalidad de asegurar la solvencia de la empresa, lo que se habría logrado. En síntesis, estima que no se trata de una situación grave ni permanente. Argumenta que sí se trata de una situación grave, porque afectó transversalmente a la compañía, que llegó al punto de tener que iniciar un proceso de liquidación concursal con el solo fin de poder seguir subsistiendo. Además, existió una disminución considerable de los vuelos comerciales, con la consecuente merma en los ingresos de la organización. Plantea que se trata de una situación permanente tanto como lo fue la pandemia, que afectó por un periodo extenso a la empresa, así como al mundo en general, sin que sea posible señalar que se trató de una cuestión temporal o pasajera, pues duró más de un año y continúa afectando diversas actividades. Afirma que lo denunciado influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo porque resultarí
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7034-2021, se resolvió acoger parcialmente la demanda, declarando injustificado el despido de 25 de junio de 2020; y condenar a la demandada al pago de $29.883.437 por concep
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica